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JUICIO POR TRATA DE PERSONAS. VÌCTIMA SOBREVIVIENTE QUERELLANTE. PATROCINIO: ABOGADO DEL NIÑO

 

AGRADECEMOS CON PROFUNDA EMOCIÒN SU DIFUSIÒN.
Largamos este martes 5 de julio a las 10 horas ante el Tribunal Oral Federal Nº 5.
Para el público asistente, les recordamos su obligaciòn conforme el Còdigo Procesal Penal de la Naciòn y la imposibiilidad de que asistan personas menores de 18 años de edad.
                         " Obligación de los asistentes
Art. 369. - Las personas que asistan a la audiencia deberán permanecer respetuosamente y en silencio; no podrán llevar armas u otras cosas aptas para molestar u ofender, ni adoptar una conducta intimidatoria, provocativa o contraria al orden y decoro debidos, ni producir disturbios o manifestar de cualquier modo opiniones o sentimientos.
"
Los esperamos !!!
Gracias a nuestra diseñadora de pelìcula Lic. Natali Salazar por su trabajo para este juicio !!! Gracias totales !!


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Niños indefensos, apliquen la ley del Abogado del NiñO

 

Firmá para que la Corte Suprema haga posible que todos los juzgados del país le dejen tener un abogado a un niño en cualquier causa judicial, para que puedan ejercer su derecho a ser oído.

 

Muchos niños y adultos no saben que los niños pueden pedir un abogado que los represente y que nos de la posibilidad de que el juez antes de decidir algo que nos cambie la vida, por lo menos sepa nuestra opinión, la tenga en cuenta y nos respete. Los adultos pueden tener su abogado y defender lo que les parece justo, nosotros en teoría tenemos el mismo derecho pero si no podemos tener abogado no podemos ejercer este derecho.

 


La inmediata apertura del Registro de Abogados del Niño

 

En nuestro carácter de abogados de la matrícula y ante la reciente jurisprudencia local que dispone utilizar el Registro de Abogados del Niño existente en los Colegios vecinos, debido a la falta de implementación en Quilmes, hemos solicitado que, en defensa de la nueva incumbencia profesional, se disponga la inmediata apertura del Registro en nuestra zona, debiéndose utilizar mecanismos que garanticen la accesibilidad de todos, la publicidad, la transparencia y la idoneidad de los participantes.

Cabe recordar que conforme la ley provincial 14.568 y su decreto reglamentario nº 62/2015, los honorarios están íntegramente a cargo del Estado Provincial, por lo que constituye una verdadera fuente de trabajo para todos los letrados de los partidos de Quilmes, Berazategui y Florencio Varela.